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México, D.F. a 9 de enero de 2001

SR. MARIO ARELLANO ACEVES
DIRECTOR DE VERIFICACIÓN
PRESENTE

Respetuosamente me dirijo a usted, con fundamento en el Artìculo 8o. Constitucional, y en relación con los diversos acuerdos de inicio que involucran entre otros a los funcionarios de la C.F.E. Arturo Hernández Alvarez, Nestor Moreno Díaz y Jorge Hernández Aguilar.

Con fecha 16 de octubre de 2000 me dirigí a la Lic. Marta Leticia Pinto Palmer, en ese entonces Encargada de la Contraloría en la C.F.E., según escrito del que anexo copia, y como se lo hice ahí notar existe una denuncia anterior presentada por mi, la cual, solo mediante la complicidad del personal de la SECODAM, no fue atendida, y que involucraba "a las mismas personas denunciadas, la misma forma de causar daño a la Institución, y hasta la misma compañía con la que se asocian estas personas para cometer sus ilícitos". Debo aclarar que aun no recibo contestación.

Quisiera aclarar, el porqué de la complicidad del personal de la SECODAM:

1.- Con fecha 10 de enero de 1995 presenté denuncia inicial.
2.- Con fecha 2 de febrero de 1995 informo al entonces Director de la C.F.E.
3.- Con fecha 21 de febrero de 1995 me dirijo a la SECODAM. Agradeceré revisar el punto 13 del anexo a este escrito en el que se denuncian ya las irregularidades con los equipos del SICLE.
4.- Con fecha 6 de marzo de 1995, comparecí y entregué pruebas que sustentaban mi dicho.
5.- El día 25 de marzo comparecen los denunciados.
6.- El 31 de julio de 1995 la SECODAM, me envía "la respuesta a la solicitud, misma que en copia simple adjunto a la presente en 27 fojas útiles."
7.- Con fecha primero de abril de 1996, entregué a la Secretaría de Energía, escrito detallado en relación con la queja QD/CFE/020-96, con motivo de mi denuncia en el sentido de que la Contraloría encabezada por Juan Ahuatzin Ponce no había considerado las pruebas que aporté.
8.- Con fecha 21 de junio de 1996 comparecí para ratificar la queja QD/CFE/020-96 ante la Contraloría de la Secretaría de Energía. A la fecha no existe una Resolución sobre esta queja en particular.
9.- Con fecha 16 de julio de 1998, me dirigí a la SECODAM para impugnar la resolución DR/012/97.
10.- Con fecha 28 de abril de 1999 la SECODAM inexplicablemente me informa que "se concluye y archiva en forma definitiva el presente asunto."
11.- Con fecha 17 de junio de 1999 la SECODAM me niega copia de la resolución del punto anterior.

No deja de sorprender el hecho de que se diga se va a atacar la corrupción y que aún cuando se tiene conocimiento de estos hechos por parte del equipo de transición, en su momento, y del gobierno actualmente, se ratifique al Sr. Alfredo Elías Ayub, que a su vez pretende incluir de manera muy importante en su equipo de trabajo a los funcionarios arriba mencionados. ¿Será que no ha cambiado nada?

Agradeceré se me informe la resolución que se emita en relación con la queja QD/CFE/020-96. Y se considere el carácter de reincidentes que tienen los involucrados en los acuerdos de inicio.

ATENTAMENTE
JOSÉ DANIEL AYALA URANGA
WASHINGTON No. 157 COL. MODERNA
MÉXICO, D.F. C.P. 03510

ANEXOS: Copia fotostática de los documentos mencionados
c.c.p. Sr. Vicente Fox Quesada. Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos.

Consulta en la siguiente página la respuesta de la SECODAM ¿Cúal Cambio?

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