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COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD
CONTRALORÍA INTERNA
ÁREA DE RESPONSABILIDADES
ASUNTO:ACUERDO DE INICIO
EXPEDIENTE: DR/044/00 HOJA 4 DE 21
importe de $8,154,549.29 (ocho millones ciento cincuenta y cuatro mil quinientos cuarenta y nueve pesos 29/100 m. n.), amparada con un desglose de la partida número uno, con un dlferencial en precio de $119,411.00 (ciento diecinueve mil cuatrocientos once pesos 00/100 m. n.), que implicaría un incremento del 9.28% entre la propuesta original y el pedido.-------------------------------------------------------
Se incluyó en el pedido la partida número nueve, que no formaba parte de las bases, referente a una "Licencia corporativa para capacidad de trabajo en Wortstation, del software SCADA-SSAD con una plataforma Workstation con procesadores RisK por un importe de $3,239,020.95 (tres millones doscientos treinta y nueve mil veinte pesos 95/100 m. n.). Este concepto se duplica con el alcance de las partidas 3.1 y 4.1, toda vez que se refiere al mismo slstema pero con una opción de plalaforma de trabajo diferente.----------------------------------------------
Para la partida número nueve, se estableció un plazo de entrega de 300 dias, tal como se desprende de la nota número siete que obra en la foja 23 de 25 del pedido en cuestión, situación que por si misma deriva condiciones ventajosas hacia el proveedor ya que equivale a un condición no contemplada en el evento licitalorio, ni en las condiciones de adjudicación, ya que se había estipulado un plazo de entrega en la tolalidad de las partidas de 120 días, ello con independencia que el plazo de dicha partida se formalizó con posterioridad en la modificación nùmero 2, en 360 días, no obstante, que el proveedor solicitó únicamenle cuatro semanas. De lo anterior, se detectó que derivado de las instrucciones del Subdirector de Distribución contenidas en los oficios 1255 y 1289 de fechas veintiocho de agosto y cuatro de septiembre de mil novecientos noventa y siete, respectivamente, se dejó de penalizar al proveedor en los términos pactados.----------------------------------------------
Por lo anterior, se contravino lo dispuesto por el artícilo 53 último párrafo de la Ley de Adquisiciones y Obras Públicas vigente en el momento que se dieron los hechos, que implicó otorgar condiciones más ventajosas a un proveedor comparadas con las establecidas originalmente, por otorgarle un plazo adicional no pactado en las condiciones de pedido.-------------------------------------------------------
La conducta antes señalada presuntamente se atribuyen a los siguientes servidores públicos, paticularizándose de la siguiente manera:-----------------------------
El ingeniero Arturo Hernández Álvarez, en el ejercicio de sus funciones como Subdirector de Distribución, firm6 los oficios números 3.31.312.2 255 y 289/97, de fechas 28 de agosto y 4 de septlembre de 1997, para modificar el alcance del fallo de la licitación, con base en una propuesta que se consideró atractiva "técnica y

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